Un proyecto de ley promueve sancionar con multas de $ 6.400 hasta $42.000, o cumplir un límite de diez días de trabajo comunitario, para todas las personas que maltraten a los animales. Esto incluye al responsable, al cuidador pago o al vecino de la mascota, cualquier persona que atente contra la integridad del animal o cometa un acto en el que se demuestre la falta de cuidado, podrá ser sancionado.
Para las personas que descuiden a sus animales domésticos, las multas oscilan entre $6.420 a $21.400 o podrán ser castigados con trabajos comunitarios. Las sanciones por abandono son las más elevadas, de $21.400 a $42.800 y quienes tengan a sus mascotas en lugares inadecuados, falta de higiene, esparcimiento o salud, deberán abonar de $10.700 a 21.400.
La iniciativa para este proyecto de ley, fue el caso en Tucumán de maltrato de animal, donde militantes hacían campaña pintando un perro de verde, esto genero el repudio de toda la sociedad y la decisión de castigar a los culpables. Al no haber una ley específica sobre el maltrato animal, no hubo otro castigo más que la expulsión de los militantes del partido que representaban. De inmediato se presento un proyecto de ley, que todavía no fue aprobado pero contempla estos actos de violencia hacia los animales.
Por este caso, en el último artículo, multa a quienes afecten la integridad animal, ya sea pintarlo, teñirle el pelo o cualquier situación que perjudique la salud, deberán pagar de $6.420 a $21.400.
Esta ley describe de manera bien puntal el concepto de mascota, al animal que “por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su atención, protección, alimento y cuidados sanitarios”
En el código civil, el maltrato animal se compara a una cosa, en el artículo 183, se sanciona con prisión de quince días a un año, a quienes hagan desaparecer a un animal o “una cosa mueble o inmueble” y si se utilizase veneno las penas van de tres meses a cuatro años de arresto.
La ley de protección animal 14.346 del año 1954, pena a los que maltraten o realicen actos de crueldad con 15 días a un año de condena, pero no contempla otras conductas peligrosas y nocivas hacia las macotas. En el año 2015 con el nuevo Código civil y Comercial de la Nación, siguen manteniendo a los animales en el rango de objetos. Este nuevo proyecto de ley intenta romper con ese concepto.
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