septiembre 14, 2024
Interes General

La Ciudad otorga subsidios a damnificados por temporal

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 3/23, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció un régimen especial de subsidios para los afectados por la “catástrofe meteorológica extraordinaria” del 17 de diciembre. Vecinos podrán recibir hasta $2.5 millones por daños en inmuebles y $1.5 millones por perjuicios en automotores. El plazo para solicitar este apoyo económico se extiende hasta el 18 de enero.

En una respuesta urgente a la “catástrofe meteorológica extraordinaria” ocurrida el 17 de diciembre en la Ciudad, el gobierno porteño emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 3/23, instaurando un Régimen Especial de Subsidios. Este mecanismo tiene como objetivo brindar apoyo económico a los damnificados, tanto en bienes inmuebles como en automotores radicados en la Ciudad.

La medida contempla la entrega de una suma fija de dinero, determinada por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, considerando la magnitud del perjuicio ocasionado por el temporal y la situación económica vulnerable del solicitante. Los montos asignados alcanzan hasta $2.5 millones para daños en bienes inmuebles y $1.5 millones para vehículos, independientemente de la magnitud de los daños verificados.

El procedimiento para acceder al subsidio se inicia mediante la presentación de solicitudes, las cuales podrán realizarse hasta el 18 de enero. Posteriormente, la autoridad de aplicación verificará los daños en un plazo de 15 días hábiles. No será necesario demostrar la inexistencia de deudas fiscales para acceder al beneficio.

En el marco del DNU, se destaca el Artículo 3°, que establece el subsidio como “un aporte no reintegrable con carácter de acompañamiento económico, otorgado extraordinariamente y por única vez”. La determinación del monto se basará en la magnitud del daño verificado y la vulnerabilidad económica del solicitante, evaluadas por el organismo técnico competente.

Además, se permitirá a un mismo damnificado recibir subsidios acumulados por perjuicios acreditados tanto en bienes inmuebles como en automotores. Sin embargo, no se concederá el beneficio a distintas personas respecto al mismo bien afectado.

En relación con la financiación de estos subsidios, se destinará hasta un 2.5% de la recaudación anual por concepto de Impuesto Inmobiliario. Para Núcleos Habitacionales Transitorios o barrios vulnerables, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) determinará mecanismos específicos de acompañamiento económico en conjunto con la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Por Visión Porteña

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