noviembre 21, 2024
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Impulsan ley para proteger a clubes de barrio

Es una idea de la Asociación de Clubes de Barrio y Deporte Social, para beneficiar a entidades deportivas y sociales.

En mayo la Asociación de Clubes de Barrio y Deporte Social presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley para proteger a clubes de barrio ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Es una de tantas iniciativas que se han presentado en el último tiempo para garantizar la continuidad de este tipo de instituciones.

“EI presente proyecto de Ley de Clubes de Barrio y Deporte social tiene como objeto fortalecer a los clubes de barrio; promover la igualdad de géneros en el deporte; promover la inclusión social, deportiva, educativa y cultural; estimular una mayor participación de niños y adolescentes en actividades deportivas y sociales; promover programas de salud preventiva, garantizando el acceso a la información en salud y medicina preventiva; y contribuir al mantenimiento y conservación de las instituciones deportivas”, explican los autores de la iniciativa.

En la Ciudad de Buenos Aires existen dos leyes vigentes que regulan el deporte y los clubes de barrio. Desde la Asociación citan la Ley N° 1.624 del De porte Amateur y Profesional (2004) y la ley N° 1.807 de Clubes de Barrio (2005): “Ambas “resultan importantes puntos de partida desde donde impulsar la presente iniciativa. Proponemos modificaciones a la Ley N° 1.624 y la derogación de la Ley N° 1.807 conservando algunos elementos allí presentes e incorporando los no previstos”.

El proyecto plantea que la autoridad de aplicación debe ser la Subsecretaria de Deportes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. También se piden cambios a la definición de Clubes de Barrio. El proyecto de ley “busca reconocer a todas las instituciones deportivas, independientemente de su volumen, facturación o cantidad de socios, que tengan como objetivos institucionales y efectivamente los realicen el desarrollo de prácticas deportivas no profesionales, y que al mismo tiempo sean espacios de inclusión social, deportiva, educativa y cultural. Con esta definición, todos los Clubes de la Ciudad de Buenos Aires serán «Clubes de barrio» en tanto tengan una virtuosa inserción con la comunidad a la que pertenecen”. “Se busca, no solo con esta definición sino con el espíritu de todo el proyecto de Ley, entender a los «Clubes de Barrio» como aquellas instituciones que cumplen un rol fundamental en la estructuración de nuestra sociedad, promoviendo el acceso al deporte, a la cultura, a la educación al espacio público, al encuentro colectivo”, agregan.

“Proponemos crear una Unidad de Asistencia que se constituya como ventanilla única que permita a las instituciones beneficiarias de presente ley, cumplir con los requisitos que se les exige y a partir de los cuales pueden acceder a diferentes beneficios y políticas que los fortalezcan. Es decir, el Estado debe fortalecerse en recursos y herramientas, para garantizar políticas de sostenimiento de los clubes de barrio”, enfatiza la Asociación.

“El presente proyecto de Ley deroga la Ley N° 1.807 pero sostiene muchos elementos que resultan indispensables para los Clubes, como por ejemplo el acceso preferente a créditos, beneficios de carácter tributario, acceso prioritario a programas así como otro conjunto de logros que se han alcanzado y que son especialmente prioritarios para los Clubes de barrio tipo 1, es decir, aquellos cuyos niveles de facturaci6n son menores. En cuanto al Registro de instituciones deportivas (RUID), si bien está legislado a partir de la Ley N° 1.624, en el presente proyecto de Ley hemos incorporado en el Capítulo IV algunas modificaciones que entendemos tienen como sentido quitar discrecionalidad en el mecanismo de inscripción al RUID, fortalecer la perspectiva del deporte social y da cuenta de la dificultad que tienen una gran cantidad de instituciones deportivas para acceder a un predio propio. AI mismo tiempo, y en relación con esta dificultad de las instituciones”.

“De acceder a predios o instalaciones, se incorpora también a la Ley N° 1.624 atribuciones a la Autoridad de Aplicación que tienen como objetivo promover que el GCBA resuelva la situación de los clubes que no poseen predio, teniendo en cuenta tanto a los predios de propiedad de la Ciudad ya otorgados a diversas instituciones y aquellos que se encuentren desocupados”.

“De las principales herramientas de las que dispone el Estado para fortalecer a los clubes de barrio y al deporte amateur, que es el «Fondo del Deporte», creado por la Ley N° 1.624. En este proyecto de ley se persiguen tres objetivos: potenciar el Fondo del Deporte, dotándolo de mayores recursos; orientar la aplicación de los recursos en función de objetivos y destinatarios específicos; y fortalecer las políticas de transparencia, tanto del sector público como de las instituciones de la sociedad civil. Con su creación en 2005, al fondo se le asignaron $3.000.000. Si bien en 2011 y 2013 hubo modificaciones a dicha asignación que llevaron al fondo a los $10.000.000, lo cierto es que esa herramienta fue perdiendo incidencia sobre las políticas públicas generales y sobre el presupuesto de la Ciudad. Por lo tanto, el presente proyecto de ley plantea ampliar la cantidad de Unidades Fijas (herramienta que usa el GCBA para medir subsidios, sueldos y demás) que componen el Fondo del Deporte y modificar la unidad de referencia”.

“Esto permitirá no solo ampliar los fondos que actualmente están en disponibilidad, sino también garantizar su actualización anual de manera automática. Las unidades fijas planteadas en la propuesta son un mínima de 20.000.000 que equivalen, al día, a $223.000.000 se propone para incorporar al Fondo un porcentaje fijo que deberá aportar el Estado, que se extrae de la contribución que anualmente pagan las empresas eléctricas, por lo que la Ciudad de Buenos Aires cobra el 6,424% sobre el valor del servicio eléctrico antes de impuestos. La recaudación de este impuesto, que figura en la factura de electricidad de todos los porteños, crecería de $178.000.000 a $832.000.000 en 2017, a causa de los incrementos del cuadro tarifario. En 2017 se destinarán al Fonda del Deporte aproximadamente unos $14.000.000”, concluye el proyecto de ley.

Juan Castro

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