noviembre 24, 2024
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El Gobierno Porteño deberá cubrir el tratamiento con cannabis medicinal a un niño con epilepsia

 

Según lo ordenó la Justicia, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deberá cubrir el tratamiento con cannabis medicinal, a un nene que padece epilepsia.

El juez que dio la orden es Víctor Trionfetti, del juzgado nº 15 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, dando lugar a un amparo pedido por la madre del adolescente de 14 años, que sufre de epilepsia refractaria severa y crisis múltiples.

El caso, lo llevó a cabo el juez porteño Víctor Trionfetti, finalmente dio lugar a un amparo que presentó la madre de un adolescente, en su representación, que padece epilepsia refractaria severa con crisis múltiples, y el tratamiento que necesita es con cannabis medicinal. El juez Trionfetti, ordenó en este caso, que podría sentar precedente, que el Estado le pague el valor del aceite para el tratamiento integral.

En definitiva, el juez Trionfetti ordenó a “Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos S.E.” (FACOEP, una  una Sociedad del Estado del Gobierno de la Ciudad) que en el plazo de cinco días garantice la cobertura íntegra de diez unidades de Aceite de Cannabis.

El producto que necesita el nene es conocido como “Laboratorio Tilray P Oral Salution CDB 100 mg/ml frasco gotero de 25 ml”, según se indica en el fallo identificado como “Gironda, Beatriz Adela contra GCBA y otros sobre Amparo – Salud – Medicamentos y Tratamientos”.

En el supuesto caso que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires incumpliera lo impuesto por la Justicia Porteña, la multa será de “$5.000 por cada día de retardo, en cabeza de quienes revisten el carácter de presidente de Facoep SA, (…) y los miembros del Directorio”.

Los argumentos del médico que trata al menor figuran en el fallo. El Profesional “ordenó complementar el tratamiento con aceite de cannabis, (…). Ello, en orden a los reportes médicos que se vienen generando a nivel internacional sobre los beneficios de su empleo para morigerar la epilepsia“.

En su fallo, el magistrado manifestó que “la vida de las personas y su protección -en particular, el derecho a la salud- constituyen un bien fundamental” y lo incluyó en “una plataforma de otros derechos humanos”. Y recordó que “durante 2017, el Congreso de la Nación sancionó la ley 27350 (…) con el objeto de establecer (…) un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud”.

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