El anuncio lo realizó la portavoz del gobierno de Alberto Fernández, Gabriela Cerrutti, quien declaró que mediante el Decreto 332/2022, se pondrá en práctica el Régimen de Segmentación de Subsidios Residenciales, de los servicios públicos de electricidad y gas. Aquellos que se encuentren en condiciones de recibir los subsidios, deberán solicitarlo.
Los contenidos del decreto determinan la segmentación de los servicios de gas y luz. Existirán tres categorías: A-Los usuarios residenciales que tengan una situación económica que les permita afrontar los costos de la tarifa plena, deberán hacerse cargo de las mismas. B- Los actuales beneficiarios de la Tarifa Social, se harán cargo del aumento de tarifa, hasta el tope de no superar el 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), según los porcentajes del año anterior. Regirá por todo el año 2022. C- Para el resto de los usuarios residenciales, el aumento no podrá superar el porcentaje del 80% del CVS del año anterior, para todo el 2022.
En esta oportunidad, las personas que necesiten los subsidios sobre las tarifas de luz y gas, deberán solicitarlo. Para ese fin se ha creado el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Los usuarios solicitarán los subsidios por medio de una declaración jurada, llenando un formulario digital simple. De esta manera se evaluará la situación económica de acuerdo a los ingresos. Para recibir los subsidios, en la semana próxima, el Gobierno implementará un sitio web. Aquellos que no se encuentren en condiciones de realizarlo de manera digital, podrán acudir a las oficinas de ANSES, donde tendrán la posibilidad de hacerlo de manera presencial. De no realizar este trámite, el usuario perderá la posibilidad de acceder al subsidio.
Tendrán sus consumos subsidiados Ingresos menores a $95.260 netos: tendrán sus consumos subsidiados. Integrante del hogar con Certificado de Vivienda: (ReNaBaP). Domicilio donde funcione un comedor o merendero: comunitario registrado en RENACOM. Quienes posean Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur: Por lo menos un integrante del hogar. Con Certificado de discapacidad: por lo menos un integrante del hogar. Expedido por autoridad competente y, considerando, si uno o dos integrantes, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a UNA Y MEDIA (1,5) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar de tipo dos, según el INDEC.
Por Francisco Grillo
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