La granja “Delicatessen” que estaba ubicada en la calle Lavalle al 3500 del pintoresco barrio del Abasto, se especializaba en el comercio y la venta de carnes exóticas de animales como el yacaré, jabalí y ciervo. Se comercializa desde caracoles hasta carne de llama de la Puna jujeña, bifes de ñandú, faisán, ciervo patagónico, conejo, e inclusive ternera de Kobe que es una de las carnes más cara del mundo. En estos últimos años este tipo de carnes no convencionales son muy buscadas por muchos chefs internacionales para elaborar sus sofisticados platos y que cotizan con un elevado costo como consecuencia de la dificultad de adquirir este tipo de carnes.
La Fiscalía de la Ciudad de Buenos Aires allano este local e incauto más de 7000 kilos de carne, vale aclarar que en nuestro país no está prohibida la comercialización de estos productos no convencionales, pero si es necesario la documentación que acredite de donde proceden la carne de estos animales y el exámen bromatológico necesario, de estos dos últimos requerimientos que carecían los dueños del local y fueron los que llevaron a la coordinación de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental de la Fiscalía de la Ciudad Buenos Aires a clausurar este negocio del abasto.
De esta manera no solo se pretende proteger la salud de los consumidores sino también la caza furtiva ilegal de animales autóctonos de nuestro país.
A pesar que esta granja contaba con nueve cámaras frigoríficas donde se encontraba estas canes exóticas, la mayoría estaba en mal estado y no aptas para el consumo humano.
Siguiendo esta pista de comercialización de carnes de animales autóctonos, también se realizo otro allanamiento y clausura de un local llamado “Mi Pollo” situado en la calle French al 2900 del barrio de Recoleta, no se encontraron carnes exóticas como en la granja del abasto pero se incauto 70 kilos de mercadería por no estar apta para el consumo y con la usencia de rótulos que indiquen su origen.
El proceso judicial que esperan afrontar los dueños de estos dos locales, está encuadrado como el delito de ejercer ilícitamente una actividad comercial, contemplada en el artículo 79 de nuestro código contravencional de la Ciudad de Buenos Aires y que tiene una pena de diez días de máximo en una prisión para contraventores de la ciudad.
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