Según una nueva normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde el lunes rige el procedimiento para el registro de propietarios y se deberá pedir un permiso de tenencia de las 17 razas de perros que fueron declarados peligrosos por la Ley Porteña N° 4078.
La misma fue sancionada hace diez años pero reglamentada recientemente. Además, se les exigirá un seguro, capacitaciones anuales y se aplicarán multas a quienes no cumplan.
El organismo encargado del registro obligatorio “Procedimiento de inscripción en el registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP)” para aquellas personas que tengan este tipo de animales es la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad que se encargará de emitir el certificado de tenencia. En mayo de este año se abrió un registro similar en La Plata para los bonaerenses con un plazo pautado hasta el 30 de julio, en tanto en CABA no se estableció ningún plazo para la inscripción.
Esta ley N° 4078 sancionada en el año 2011 regula la tenencia de 17 razas pero a su vez abarca todo tipo de perros adiestrados para atacar: doberman, ovejero alemán, mastín napolitano, pit bull terrier, dogo argentino, dogo de burdeos, rottweiller, staffordshire bull terrier, cane corso, bullmastiff, bull terrier, american staffordshire terrier, tosa inu, akita inu, gran perro japonés, presa canario y fila brasileño. Asimismo los nacidos de cualquiera de estas cruzas, aún sin raza definida, también son considerados potencialmente peligrosos, o con otras razas que tengan resistencia y carácter con peso de más de 20 kilogramos, un tórax entre 60 y 80 centímetros de perímetro, con cuello corto y gran cabeza, musculatura fuerte, mandíbula grande y boca profunda.
Desde ahora todos estos animales deberán identificarse con una chapa en el collar con el nombre del perro, así como el de sus dueños y el número de inscripción de registro. En la calle deben llevar bozal y los dueños deben llevarlos con correa corta. Además, dato para tener en cuenta, es que deben tener dada la vacuna antirrábica para la protección del animal, del dueño y de la gente que circule por la calle, por si alguna sufre ataques del animal. Además los dueños deben tramitar un seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier daño o lesión que pueda causar el canino.
En tanto, si el dueño no cumple con las disposiciones vigentes podría ser multado con montos entre los $ 19.500 y los $ 78.000, y en caso de ser reincidente, puede ser el doble.
El trámite puede realizarse vía web mediante el Sistema de Tramitación a Distancia gestionado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Se deberá completar el formulario con foto del animal, del propietario, datos del perro y los del seguro de responsabilidad civil. El permiso tendrá validez por un año y a los tres meses de obtenerlo el dueño deberá realizar un curso de capacitación dictado por la Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas para el correcto cuidado, educación y sociabilización de este tipo de animales, en consecuencia la realización de este curso será requerido para la renovación del permiso de tenencia.
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