Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) informan con gran expectativa, que el congelamiento de tarifas eléctricas fue extendido hasta el 30 de abril de 2022, a través de la Resolución 1029/2021 de la Secretaría de Energía, contribuyendo de esta manera a la recuperación de la actividad comercial e industrial, luego de la severa pandemia ocurrida en el país y el mundo.
Por otra parte, la norma garantiza a las distribuidoras eléctricas un precio de referencia hasta el fin de verano, con el objetivo de evitar argumentos a favor de trasladar un aumento de costos a las boletas de los usuarios.
En la resolución, la secretaría de Energía recuerda que la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, establece las bases de la delegación para reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva y reordenar el funcionamiento de los entes reguladores del sistema para asegurar una gestión eficiente”.
Además, remarca que la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA) “deberá elaborar la Programación y Reprogramación Estacional del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) basado en el despacho óptimo que minimice el costo total de operación y determinar para cada distribuidor, los precios estacionales que pagará por su compra en el MEM”.
Y destaca que el 20 de octubre pasado, CAMMESA “elevó a esta Secretaría, para su aprobación, la Programación Estacional de Verano Definitiva para el MEM y el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Tierra del Fuego (MEMSTDF) para el período comprendido entre el 1° de noviembre de 2021 y el 30 de abril de 2022”.
Asimismo, en la resolución se considera “oportuno que las tarifas de los servicios públicos, en cuanto al POTREF, el PEE y el Precio Estabilizado del Transporte (PET) en el MEM y en el MEMSTDF, para todos los segmentos de la demanda, se mantengan a idéntico valor que el vigente actualmente”, al tiempo que recuerda que se encuentran “subsidiados por el Estado Nacional de acuerdo a cada segmento de demanda, en mayor medida en el sector Residencial y, con el objetivo de transparentar la aplicación de fondos públicos al costo de la energía, es necesario informar a los usuarios en su factura, el monto correspondiente al subsidio del Estado, visualizando de esta forma el importe que debería abonar el usuario, de no existir el subsidio”.
Así, se aprobó “la Programación Estacional de Verano Definitiva para el MEM y para el MEMSTDF para el período comprendido entre el 1° de noviembre de 2021 y el 30 de abril de 2022”.