noviembre 21, 2024
Noticias

AVANZAN LOS TESTEOS DEL OPERATIVO DETECTAR EN BUENOS AIRES

2 de julio, 2020

Actualmente el
Operativo DetectAR moviliza a 1.478 personas, empleados de distintas áreas del
Gobierno de la Ciudad y de la Nación, integrantes de organizaciones barriales,
estudiantes de último año de Medicina de
la UBA -a través de un convenio de colaboración-, empleados de las comunas
involucradas y de la Defensoría del Pueblo. Están previstas incorporaciones en
los próximos días para alcanzar un total de 2 mil
integrantes.

El objetivo es
identificar de manera temprana a los ‘contactos estrechos’ de las personas
recientemente confirmadas con COVID-19, evaluarlos y lograr mitigar la
contagiosidad del virus. Aquellos que presentan síntomas compatibles con la
enfermedad permanecerán aisladas de manera preventiva a la espera del
resultado. En caso de ser positivos, son trasladados según su necesidad de
atención, de lo contrario, pueden regresar a su hogar.

Del total, 1.072
personas se encuentran dedicadas a realizar la búsqueda activa puerta a puerta
de los ‘contactos estrechos’ de casos confirmados.

De los Operativos
participan en promedio 20 hisopadores del Ministerio de Salud de la Nación y de
la Ciudad.

La suma total de
personas testeadas hasta el momento es de 18.844, de los cuales 7.664 (41%)
dieron positivo por COVID-19.

La iniciativa incluye
un camión sanitario y un equipo de salud que lleva adelante la búsqueda ‘puerta
a puerta’ en duplas. Esta estrategia es la que más ha resultado en el mundo
junto con el distanciamiento físico en pos de la contención de la transmisión del virus.

De acuerdo a los
protocolos sanitarios vigentes por la pandemia, las personas que presentan síntomas
compatibles con el virus son hisopadas en el puesto de control del operativo móvil
y luego trasladadas a la Unidad Febril de Urgencia más cercana, que funcionan
anexas a los hospitales, donde esperarán el resultado. Si son positivas de
COVID-19, serán derivadas según sus necesidades de atención. En caso contrario,
el Ministerio de Salud continuará con el seguimiento telefónico diario para
evaluar su evolución y brindarle asistencia en caso de que la requieran.

Teniendo en cuenta la
importancia de brindarle tranquilidad a los vecinos, se implementan una serie
de pautas de seguridad para que puedan verificar que se trate de un
representante oficial:

  • Siempre
    que sea posible, la Ciudad se contactará con el caso confirmado y le pedirá que
    actúe como intermediario para notificarle a sus ‘contactos estrechos’ y
    convivientes que van a ser visitados en su domicilio por una persona del
    Operativo.
  • Se comunicarán
    previamente desde el equipo del Ministerio de Salud para dar aviso de la visita
    sanitaria.
  • Se lleva
    adelante una campaña de comunicación directa en el barrio para informar a los
    vecinos de la nueva iniciativa de búsqueda activa de ‘contactos estrechos’.
  • El agente
    en territorio presentará una identificación que certifique que es parte del
    Ministerio de Salud y del DetectAR.
  • Ante cualquier duda se podrán comunicar con el
    147.

En cuanto al Operativo
Móvil, el sábado 27 de junio se inició con la búsqueda activa de casos de
coronavirus en La Paternal. En las dos primeras jornadas, se identificaron 121 ‘contactos
estrechos’ de casos confirmados que fueron hisopados y ya se obtuvieron 20
positivos. Gracias al dispositivo, que también tiene presencia en Balvanera,
Flores, La Boca, Constitución, Barracas, Almagro, Palermo y Villa Soldati, en
total se testearon a 2.166 vecinos, 798 (37%) de los cuales fueron confirmados
con COVID-19.

Luego comenzará en
Chacarita, por ser el siguiente barrio con más casos confirmados en los últimos cinco días. Los siguientes puntos serán seleccionados de acuerdo a la
evolución de los contagios a lo largo del territorio porteño. En todos los
casos, los dispositivos continuarán funcionando con un equipo en territorio. La
extensión de la política pública se
decidió en base a los buenos resultados que se obtuvieron en aquellos lugares
donde hoy ya funciona.

Resultados del DetectAR
Móvil por barrio:

La Paternal (inició el 27 de junio)

Personas hisopadas:
121.

Positivos: 20 (17%). Aún hay test pendientes de
análisis

Villa Soldati, Villa
Lugano y Nueva Pompeya
(inició el 25 de junio)

Personas hisopadas: 85.

Positivos: 28 (33%).

Palermo  (inició el 23 de junio) 

Personas hisopadas:
133.

Positivos: 32 (24%).

Almagro (inició el 20 de junio)

Personas hisopadas:
298.

Positivos: 135 (45%).

Barracas (inició el 18 de junio)

Personas hisopadas:
401.

Positivos: 153 (38%).

Constitución (inició el 16 de junio)

Personas hisopadas:
260.

Positivos: 97 (37%).

La Boca (inició el 13 de junio)

Personas hisopadas:
151.

Positivos: 49 (32%).

Flores (inició el 10 de junio)

Personas hisopadas:
359.

Positivos: 122 (34%).

Balvanera (inició el 6 de junio)

Personas hisopadas:
358.

Positivos: 162 (45%).

En paralelo, el
Operativo DetectAR continúa funcionando en los barrios 1.11.14, 31, 21.24, 15 ,
20 y Carrillo, dónde está mostrando buenos resultados. Al domingo 28 de junio,
se realizaron 16.678 hisopados a residentes de estos puntos, de los cuales
6.866 (41%) dieron positivo.

En cuanto a la
capacidad hotelera para albergar ciudadanos contagiados o pendientes de
resultados la Ciudad dispone de 45 hoteles y un centro de resguardo en Costa Salguero.

La ocupación alcanza
aproximadamente el 51%. Hay un índice de rotación de casos sospechosos que
pasan solo una noche mientras reciben el resultado.

Participan y colaboran
unas 1800 personas aproximadamente entre médicos, personal de logística, limpieza
y catering. Y se dispone de 110 taxis y 20 micros para el traslado de
pacientes.

FUNCIONAMIENTO DE LA CIUDAD A PARTIR DE 1
DE JULIO

A partir de las 0 horas
del miércoles 1 de julio sólo podrán funcionar aquellos comercios y actividades
esenciales que fueron habilitados por el Decreto de Necesidad y Urgencia del
Gobierno nacional domingo 28 de junio.

¿Qué rubros fueron incluidos como esenciales por el Gobierno Nacional
en tal decreto?:

1. Personal de Salud,
Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico
Nacional, bomberos y control de trá
fico aéreo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales,
Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; trabajadores y
trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas
autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan
las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el
gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones
Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al
personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno
argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares
que necesiten asistencia, a personas mayores, a niñ
os,
a ni
ñas o a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios,
entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que
signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares,
comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los
servicios de comunicación audiovisuales, radiales y grá
ficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de
proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterí
as.
Veterinarias. Provisi
ón de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de
higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y
otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisió
n
Administrativa N
° 429/20 que aclara que en el artículo
6
° inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se
refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la
cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y
bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos,
vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción,
distribuci
ón y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y
servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos,
peligrosos y patogé
nicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas,
comunicaciones, etc.) y atenció
n de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de
mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de
higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y
mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o
refinación de Petróleo y gas, transporte y distribució
n
de energ
ía eléctrica, combustibles líquidos,
petr
óleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y
generadores de energía elé
ctrica.

24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos,
transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA autorice.

25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de
emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y
estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas
preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario.
Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los
efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la
Decisió
n Administrativa N° 429/20 artículo
1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artí
culo 2°.

26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos
de la Decisió
n Administrativa N° 450/20, artículo
, inciso 8.

27. Circulación de personas con discapacidad y
profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público,
exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisió
n
Administrativa N
° 490/20, artículo 1°, incisos
1, 2 y 3.

28. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y
guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de gé
nero.
Atenci
ón médica y odontológica
programada, de car
ácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas,
con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de
diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de
turno previo; todo ello en los términos de la Decisió
n
Administrativa N
° 524/20 artículo 1° incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9. 29.
Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisió
n
Administrativa N
° 703/20.

30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
-ANSES-, en los términos de la Decisió
n Administrativa N° 810/20 artículo
2
°, inciso 1.

ACTIVIDADES EXCEPTUADAS DE LA CUARENTENA CUYOS TRABAJADORES NO PUEDEN
USAR EL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Quedan
exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y
de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y
servicios que se enuncian a continuación, siempre que el empleador garantice el
traslado de los trabajadores sin usar el servicio público de transporte de
pasajeros de colectivos, trenes o subtes:

1. Industrias que se realicen bajo procesos
continuos. Producción y distribución de biocombustibles. Todo ello, en los términos
de la Decisió
n Administrativa N° 429/20,
artículo 1°, incisos 1 y 2.

2. Venta de insumos y materiales de la
construcción provistos por corralones. Actividades vinculadas con la producció
n, distribución y comercialización forestal y minera. Curtiembres, aserraderos
y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de
maquinaria vial y agrí
cola. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible
nuclear. Servicios imprescindibles de mantenimiento y fumigación. Todo ello en
los términos de la Decisió
n Administrativa N° 450/20, artículo 1°, incisos 1, 2, 3, 5 y 6.

3. Talleres para mantenimiento y reparación
de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público,
vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a
las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular,
conforme la normativa vigente. Venta de repuestos, partes y piezas para
automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega
puerta a puerta. Fabricació
n de neumáticos;
venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos
de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las
prestaciones de salud o al personal con autorizació
n para circular,
conforme la normativa vigente. Venta de artículos de
librerí
a e insumos informáticos, exclusivamente bajo la
modalidad de entrega a domicilio. Todo ello en los términos de la Decisió
n Administración N° 490/20, artículo 1°,
incisos 4, 5, 6 y 7.

4. Actividad económica desarrollada en
Parques Industriales.

5. Producción para la exportación, con
autorización previa otorgada por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
Aquellas industrias exportadoras que requieran insumos producidos por otras
cuya unidad productiva se encuentre ubicada en lugares alcanzados por el artículo
11, deberán solicitar el funcionamiento de dichos proveedores al Ministerio de
Desarrollo Productivo. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas
a travé
s de plataformas de comercio electrónico; venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con
clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. Peritos y
liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar
la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las
beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los
trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos
correspondientes. Todo ello en los términos de la Decisió
n Administrativa N° 524/20, artículo 1°, incisos 4, 8 y 10.

6. Personal afectado a la actividad de
demolición y excavación por emergencias (Decisió
n Administrativa N° 763/20, artículo 1° Anexo I punto 5 y
concordantes para el resto de las jurisdicciones).

7. Práctica deportiva desarrollada por los
y las atletas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII
Juegos Olímpicos, en los términos de la Decisió
n Administrativa N°1056/20.

RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE DE CIRCULACIÓN

Entre las 0 horas del
lunes 29 de junio hasta el martes 30 de junio a las 23.59, para renovar sus
CUHC a través de la app CuidAR o en www.argentina.gob.ar/circular.

Se debe consignar según
el caso número de patente vehicular y/o de tarjeta SUBE.

El certificado puede
llevarse impresos, en forma digital o en la app Cuidar.

¿QUE ACTIVIDADES COMERCIALES Y PERMISOS SIGUEN VIGENTES A PARTIR
DEL 1 DE JULIO?

Comercios esenciales: Alimentación, farmacias, continúan funcionando como hasta hoy y
siguiendo el protocolo específico.

Comercios no
esenciales, de cercaní
a o barriales.
Pueden seguir vendiendo por comercio electrónico con envío a domicilio. 

Permisos especiales, que contemplan los
siguientes casos:

  • Traslado de chicos y adolescentes por parte de
    padres y madres separados (serán válidos por 24 horas y se podrán tramitar como
    máximo dos veces por semana).
  • Trámites impostergables y urgencias (serán válidos
    por 24 horas y se podrán tramitar como máximo dos veces por semana).
  • Asistencia a familiares (serán válidos por 24
    horas y se podrán tramitar como máximo dos veces por semana).
  • Personas que estén realizando un tratamiento prolongado
    (deberán adjuntar documentación respaldatoria).

En todos estos casos se
podrá utilizar el transporte público, con el Certificado Único Habilitante de
Circulación.

Salidas recreativas para chicas y chicos
los fines de semana:

  • Ambos días, sábados y domingos. Sin restricción
    por día según el DNI.
  • De 8 a 20 horas.
  • Duración máxima: 60 minutos por día
  • A 500 metros del domicilio de residencia.
  • Distanciamiento social y uso de tapabocas para
    mayores de 6.

Locales gastronómicos: Con delivery.

Bancos: Siguen atendiendo con turnos. También
con el pago de jubilaciones.

Consultorios médicos: particulares con turno previo.

Excavaciones y
demoliciones de obra
: Continúa abierta la
planta de tratamiento de residuos áridos en el Bajo Flores.

Gasistas, electricistas
y plomeros:
a domicilio con urgencias las 24
horas. 

Ferias itinerantes
de abastecimiento barrial
: con distanciamiento y
protocolo.

Empresas textiles: sólo para la producción de barbijos, camisolines y elementos de salud.

Ópticas: habilitadas para atender con turnos y
urgencias.

Actividades de exportación

Trámites y gestiones
ante el GCBA
, atención con guardias mínimas:
incluye trámites de inscripción, identificación y documentación de personas del
Registro Civil, otorgamiento de subsidios habitacionales 690, asistencia social
en general, asistencia a mujeres en los Centros Integrales, en AGIP concursos
en quiebra y procesos iniciados por fiscalizaciones cuyos plazos corren, otorgamiento
del Certificado Único de Discapacidad.

¿QUÉ ACTIVIDADES Y PERMISOS QUEDAN RESTRINGIDOS
A PARTIR DEL 1 DE JULIO?

Actividad física al
aire libre.

Administración de
escuelas e institutos de formación universitaria.

Mudanzas.

Aseguradoras y agencias
de ahorro y prestamos para vivienda.

Inmobiliarias.

Escribanías.

Transmisión
de recitales y shows vía streaming.

Celebraciones
litúrgicas y eventos religiosos on line.

¿CÓMO
FUNCIONARÁ LA MOVILIDAD, EL TRANSPORTE Y LOS SERVICIOS EN LA CIUDAD?

El transporte público es sólo para trabajadores
esenciales:
todos deben viajar sentados y
respetar el distanciamiento físico en las esperas. El tapabocas es de uso
obligatorio en toda la Ciudad de Buenos Aires.

Trenes: continuará funcionando con un esquema especial. De 40 estaciones
habilitadas en CABA se mantienen abiertas 29. Las estaciones que se cierran
cuentan con una alta oferta de colectivos como alternativa de movilidad,
mientras que para las distancias más cortas se incentiva la movilidad en
bicicleta o a pie.

Estaciones cerradas:

Rivadavia, Lisandro de
la Torre, 3 de Febrero, Colegiales, Coghlan, Drago, Pueyrredón (Tren Mitre, ramales
Tigre, Suárez y Mitre); Hipólito Yrigoyen (tren
Roca); Villa Luro, Floresta (tren Sarmiento); Presidente Illia (tren Belgrano
Sur).

Estaciones abiertas:

Retiro, Belgrano C, Núñez, Ministro Carranza,
Belgrano R, Urquiza, Saavedra (tren Mitre); Constitución (tren Roca); Plaza
Miserere, Caballito, Flores, Liniers (tren Sarmiento); Retiro, Palermo, Villa
del Parque, Villa Devoto (tren San Martín); Sáenz, Villa
Soldati y Villa Lugano (tren Belgrano Sur); Retiro, Ciudad Universitaria, Saldías
y Aristóbulo del Valle (tren Belgrano Norte); Lacroze, Artigas, Arata, Beiró, Libertador y Devoto (tren Urquiza).

Colectivos: los colectivos seguirán operando como hasta ahora.

Subte: permanecerá con
un esquema de 50 estaciones operativas en el horario de 6 a 22, de lunes a sábado,
y de 8 a 22 los domingos y feriados. 

Estaciones
de subte abiertas:

  • Línea A (Perú-San Pedrito): Perú, Lima, Congreso, Plaza Miserere, Castro Barros, Acoyte, Primera
    Junta, San José de Flores, San Pedrito (Plaza de Mayo cerrada por obras).
  • Línea B (Leandro N. Alem-Juan Manuel de
    Rosas):
    Leandro N. Alem, Carlos Pellegrini,
    Callao, Pueyrredón, Medrano, Malabia, Federico Lacroze, De Los Incas y Juan
    Manuel de Rosas.
  • Línea C (Constitución-Retiro): Retiro, Diagonal Norte, Av. de Mayo, Independencia, Constitución.
  • Línea D (Catedral-Congreso de Tucumán): Catedral, 9 de Julio, Callao, Facultad de Medicina, Pueyrredón,
    Bulnes, Plaza Italia, Palermo, Ministro Carranza/Miguel Abuelo, Olleros,
    Juramento, Congreso de Tucumán.
  • Línea E (Retiro-Plaza de los Virreyes): Retiro, Correo
    Central, Bolívar, Independencia, Entre Ríos, Jujuy,
    Av. La Plata, Plaza de los Virreyes.
  • Línea H (Facultad de Derecho/Julieta
    Lanteri-Hospitales):
    Facultad de Derecho, Santa
    Fe/Carlos Jauregui, Corrientes, Once/30 de diciembre, Humberto 1º, Caseros y
    Hospitales.
  • Premetro: funcionará con
    recorrido completo y todas sus estaciones.

EcoBici: continuará disponible como complemento del sistema de transporte para hacer
viajes cortos de menos de 5 km de distancia.

  • 200 estaciones y
    2.000 bicicletas como red estratégica y complementaria al subte, trenes y
    colectivos.
  • 30 minutos máximo por
    viaje de lunes a domingo para asegurar la rotación y penalidades por exceso en
    el tiempo de uso.

Bicis en Subte: sigue
habilitado el acceso con bicicleta o monopatín eléctrico a las líneas A, B, D,
E y H en el primer o último coche de cada formación.

Taxis: continúan
funcionando normalmente. Todos los ocupantes deben usar tapabocas y los
pasajeros deben viajar en el asiento de atrás. No se puede ocupar el asiento
del acompañante para permitir la distancia entre los ocupantes del vehículo y
minimizar los riesgos de contagio. Y se recomienda mantener las ventanillas
bajas.

Combis: sigue habilitado el servicio. Es obligatorio el uso de
tapaboca y cada pasajero debe portar su certificado de circulación. La ocupación
máxima de cada unidad debe ser del 60% y deben retirarse
las cortinas y cualquier elemento de tela (exceptuando los tapizados de las
butacas y elementos laterales).

Vuelos
de cabotaje, Trenes y micros de larga distancia:
continúan suspendidos los servicios de larga distancia.

Vehículos particulares y
motos:
pueden circular sólo las personas que
cumplan una tarea esencial y tengan su permiso autorizado.

Estacionamiento:
sigue liberado con funcionamiento mínimo de grúas
para quienes bloquean rampas, veredas, ochavas y cocheras.

  • Avenidas donde está prohibido estacionar días hábiles de 7 a 21: PERMITIDO ESTACIONAR.
  • Avenidas donde está prohibido estacionar las
    24 horas: PROHIBIDO ESTACIONAR.
  • Calles donde está prohibido estacionar días hábiles de 7 a 21: PERMITIDO ESTACIONAR.
  • Calles donde está prohibido estacionar las 24
    horas: PROHIBIDO ESTACIONAR.
  • Estacionamiento medido: NO TIENE VIGENCIA.
  • En las rampas, ochavas, cocheras sigue
    rigiendo la prohibición durante las 24 horas.
  • Centro y Tribunales Peatonal:no rige restricción para circular, pero no se puede estacionar.
  • Corrientes Peatonal: pueden circular vehículos
    entre las 19 y las 2 por los carriles izquierdos (suspendido el uso peatonal).
    Los carriles exclusivos para transporte público sobre la mano derecha seguirán
    operativos las 24 horas.
  • Carga y descarga: se ampliaron los espacios de
    carga y descarga habilitados y se eliminaron las restricciones horarias, para
    que pueda realizarse dentro de esos espacios las 24 horas. Son los demarcados
    en color azul.
  • Garajes: seguirán
    funcionando con guardias mínimas.
  • Grúas: seguirán
    funcionando con guardias mínimas para las faltas como bloque de rampas,
    veredas, ochavas y cocheras.

VTV: los vencimientos siguen prorrogados para todos los vehículos, ya sean
particulares o profesionales (taxis, remises, escolares, etc.). Los
trabajadores esenciales que ya están circulando pueden hacer su verificación.

Fechas
de vencimiento:

  • Mes de febrero: vencimiento 31 de agosto de
    2020, inclusive.
  • ●     Mes de marzo: vencimiento 30 de septiembre de
    2020, inclusive.
  • Mes de abril: vencimiento 31 de octubre de
    2020, inclusive.
  • Mes de mayo: vencimiento 30 de noviembre de
    2020, inclusive.
  • Mes de junio: vencimiento 31 de diciembre de
    2020, inclusive.
  • Mes de julio: vencimiento 31 de enero de 2021,
    inclusive.

Licencias de Conducir: las sedes
siguen cerradas. Se prorrogó por 200 días corridos el vencimiento de las
licencias de conducir en la Ciudad de Buenos Aires con vencimiento entre el 15
de febrero y el 31 de julio de este año. El plazo de extensión se tendrá en cuenta a partir del día siguiente al de la fecha señalada en
cada licencia.

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