La Justicia porteña rechazó el pedido para frenar la demolición de un centenario chalet ubicado en la intersección de las calles Ávalos y La Pampa, en Parque Chas. Con esta decisión, el patrimonio arquitectónico del barrio pierde otra de sus construcciones históricas, a pesar de la resistencia de vecinos y organizaciones que habían impulsado acciones legales para evitar su destrucción.
El juez en lo contencioso, administrativo y tributario N° 2, Aurelio Ammirato, resolvió dejar sin efecto la medida precautelar que impedía la demolición del inmueble. Esta decisión llegó después de que la Justicia porteña aceptara un recurso presentado por las agrupaciones Basta de Demoler y el Observatorio del Derecho a la Ciudad, que habían logrado una medida precautelar a comienzos de enero para frenar el avance de las obras. Sin embargo, con la nueva resolución, la construcción quedará definitivamente en manos del proyecto inmobiliario que prevé levantar un edificio de planta baja y dos pisos en el predio.
El chalet, según los defensores del patrimonio urbano, representaba un vestigio de la historia barrial de Parque Chas. Sus promotores argumentaron que se trataba del último en su tipo que aún conservaba su estructura original, mientras que el resto de las viviendas de esa época han sido demolidas o modificadas. Por esta razón, distintas asambleas y grupos de vecinos llevaron adelante manifestaciones con el objetivo de sensibilizar a las autoridades sobre la importancia de preservar este tipo de edificaciones.
Desde la asamblea Somos Parque Chas lamentaron la decisión judicial y manifestaron su pesar ante la inminente pérdida del inmueble. “Nos despedimos de otra casa patrimonial”, expresaron a través de un comunicado.
En su fallo, Ammirato explicó que su decisión no implica una definición sobre el fondo del litigio, sino que responde a la naturaleza provisional de las medidas cautelares. En este sentido, el magistrado sostuvo que “Cabe destacar que, dado que toda decisión en materia cautelar es provisoria, la actual denegatoria no significa abrir juicio sobre la procedencia sustancial de la acción; aspecto cuyo examen deberá ser abordado al dictar sentencia definitiva sobre el mérito de la pretensión y la defensa; es decir, una vez agotado el debate y recolectada la totalidad de los elementos de convicción que pudieran ser aportados durante la sustanciación del trámite”.
El presidente del Observatorio del Derecho a la Ciudad, Jonatan Baldivieso, señaló que el rechazo a la precautelar implica que “ya no hay orden judicial que suspenda la demolición”, lo que allana el camino para la destrucción del chalet.
De tal modo, el barrio de Parque Chas pierde otro de sus edificios históricos en medio de un proceso de transformación urbana que genera tensiones entre el desarrollo inmobiliario y la preservación patrimonial. Mientras los vecinos y organizaciones continúan exigiendo mecanismos de protección para evitar la pérdida de identidad del barrio, los proyectos de construcción siguen avanzando con el respaldo de las autoridades locales.