La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó una serie de programas de regularización con facilidades para cancelar deudas de todos los impuestos, tanto en instancia judicial como prejudicial, se informó hoy.
Además, el organismo implementó la posibilidad de retomar planes de pago caducos y flexibilizar el levantamiento de medidas cautelares.
El director de ARBA, Gastón Fossati, explicó que “los beneficios buscan atender y mitigar las dificultades provocadas por la coyuntura económica, aportando alivio tributario a sectores de la producción, los servicios y al resto de los contribuyentes”.
El funcionario puntualizó que “se trata de medidas orientadas a pymes, microempresas, comerciantes y también a los vecinos de la Provincia, que contarán con mayores facilidades para cancelar deudas impositivas”.
En un comunicado, Fossati destacó que “en forma complementaria a los programas de regularización, se flexibilizan las condiciones para levantar medidas cautelares y no se trabarán nuevos embargos en lo que resta del año”.
El paquete tributario comprende deudas de Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos, con las siguientes características:
PLAN DE PAGO PARA DEUDAS QUE NO ESTÁN EN JUICIO.
Para aquellos contribuyentes que tengan deudas en instancia prejudicial de cualquier impuesto bonaerense, se estableció un plan permanente de regularización que ofrece una financiación de hasta 60 cuotas.
Este programa cuenta con la particularidad de incluir deuda corriente, ya que abarca tributos impagos vencidos al 31 de julio de 2019, y tiene estas modalidades de cancelación: contado, sin bonificación; en cuotas, con un anticipo del 5% de la deuda y el resto en 3 cuotas sin interés de financiación; de 6 a 12 cuotas con un interés sobre saldo del 1,5% mensual; de 15 a 24 cuotas con un interés sobre saldo del 2% mensual y de 27 a 60 cuotas con un interés sobre saldo del 2,5% mensual.
PLAN DE PAGO PARA DEUDAS EN JUICIO.
Respecto de las deudas que ya se encuentran en etapa judicial, ARBA implementó hasta el 31 de diciembre un programa especial de regularización que permite financiarlas en hasta 60 cuotas.
Este plan abarca al conjunto de los impuestos bonaerenses e incluye la totalidad de la deuda en juicio que tengan los contribuyentes.
Además, cuenta con un beneficio especial, ya que el monto del acogimiento puede reducirse en hasta un 15% de la deuda judicial (sin afectar capital), puesto que la Provincia reconoce y se hará cargo de gastos procesales que debe enfrentar el contribuyente, como costas y honorarios de abogados externos.
Las modalidades de cancelación son similares a las del plan anterior.
POSIBILIDAD DE RETOMAR PLANES CADUCOS.
En forma paralela, ARBA abrió la posibilidad de retomar planes de regularización caídos por falta de pago, tanto en instancia judicial como prejudicial.
La medida, que abarca programas caducos al 31 de julio de 2019, favorecerá a más de 66.000 contribuyentes que pueden cancelar deudas tributarias.
El beneficio para quienes adhieran a esta modalidad de cancelación radica en que el monto total a pagar por el programa rehabilitado siempre será inferior a cualquier otra alternativa de regularización de deuda.
FACILIDADES PARA LEVANTAR MEDIDAS CAUTELARES.
Los planes de regularización se complementan con otras acciones de ARBA que flexibilizarán el levantamiento de medidas cautelares.
De hecho, a partir de este mes, solo con formalizar la adhesión a un plan de pagos los contribuyentes con deudas en instancia judicial podrán levantar embargos de sus cuentas bancarias, sin necesidad de abonar el adelanto del 10% que se exigía anteriormente.
SUSPENSIÓN DE NUEVOS EMBARGOS.
A la vez, hasta el 31 de diciembre de este año, ARBA no trabará nuevos embargos sobre cuentas bancarias y derechos de crédito.
Esta medida, según estimaciones del Fisco, constituirá un paliativo para casi 58.000 contribuyentes, entre ellos, pymes, microempresas y prestadores de servicios profesionales, que poseen deudas tributarias que se encuentran en proceso de cobro por juicio de apremio.
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